Porque desde el 01/11/2009 hasta el 31/10/2011 te pagamos todos los seguros que tengas contratados con nosotros por un importe de hasta 1.000 € tanto en los productos de Mutua Madrileña como en los productos de salud de Aresa.
Porque ser de una gran compañía es mucho más que estar en una gran compañía.
LAS CONDICIONES PARA ACCEDER A LA PRESTACIÓN SON:
- El beneficiario de la prestación es el tomador de la póliza: Persona física, trabajador por cuenta ajena, con contrato laboral indefinido (no aplica a personas jurídicas, trabajadores autónomos y funcionarios).
- Haber cotizado de manera ininterrumpida a la seguridad social durante cinco años inmediatamente antes de haberse quedado en paro*.
- Tener la póliza al vencimiento en vigor (no suspendida ni anulada).
- Debe quedar en desempleo por alguno de los motivos previstos en el apartado 4.2 y no tratarse de alguna de las exclusiones del apartado 4.3 del Certificado de seguro.
- Haberse quedado en paro* a partir del 1 de enero de 2009 (sólo aplicable a contrataciones antes del 1/11/2009).
- El tomador a partir del 1/11/2009 deberá estar trabajando en el momento de la contratación de la póliza y permanecer en esta situación al menos durante seis meses.
- El tomador deberá estar un mínimo de 3 meses en situación de desempleo, coincidiendo con el vencimiento de la póliza.
- Cuantía máxima de indemnización, 1.000€ por todo el periodo (2 años) y en todas las pólizas de Mutua Madrileña y Salud Aresa.
